En Chile hay unos 2,2 millones de trabajadores independientes y de ellos 985.000 son trabajadores que emiten boletas de honorarios. Si en tu empresa requieres de servicios que no ameritan un contrato de trabajo, puedes optar por contratar servicios profesionales a honorarios. De ser así es fundamental tener presente cuáles son los derechos laborales de estos empleados.
¿Qué es un honorario?
Un honorario en Chile se refiere a los ingresos obtenidos por profesionales, sociedades de profesionales y personas que realizan ocupaciones lucrativas. Estos ingresos se clasifican en la segunda categoría de la Ley de la Renta y pueden estar sujetos a una retención de impuesto (del 13% en el 2023) del monto pactado. Esta retención es realizada por quienes pagan la renta y debe ser declarada y pagada al fisco a través del Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo. Existen situaciones en las que los profesionales no están sujetos a la retención del 10% y deben declarar el monto total por la emisión de la boleta de honorarios como Pago Provisional Mensual.
Los honorarios obtenidos mensualmente están sujetos al Impuesto Global Complementario, que se declara en el Formulario 22 de Renta. Se pueden rebajar conceptos como Ahorro Provisional Voluntario, gastos efectivos y gastos presuntos hasta ciertos límites. La diferencia entre el impuesto determinado y las retenciones y pagos provisionales realizados resulta en el pago del impuesto o la devolución del Impuesto a la Renta si corresponde. En general, las rentas que tributan con el Impuesto Global Complementario deben superar cierto monto para estar sujetas a este impuesto.
¿Los derechos de los empleados a honorarios y de los que tienen contrato de trabajo son iguales?
No, debido a que el Código del Trabajo no rige los servicios de los trabajadores a honorarios. Este tipo de empleado se rige por el Código Civil, específicamente por las reglas del arrendamiento de servicios inmateriales. Por tanto, cualquier beneficio que pueda entregar la empresa depende del acuerdo previo al que hayan llegado las partes al concretar la prestación de servicios.
¿Si la empresa despide a un trabajador a honorarios, debe indemnizarlo?
Cuando se contratan servicios de trabajadores que emiten boletas de honorarios, no existe una relación laboral bajo dependencia y subordinación del empleado. La empresa y el empleado llegan a un convenio en el que se pacta la prestación de un servicio por un tiempo determinado y un pago por ello.
Por ello, la empresa no está obligada a pagar indemnizaciones en caso de no requerir nuevamente sus servicios. Y el empleado tampoco tiene obligación laboral con el empleador, lo que significa que es autónomo.
Es importante que en este tipo de relaciones no exista ningún vínculo de dependencia ni subordinación. Si el trabajador que emite boleta de honorarios puede demostrar que tenía un jefe, que recibía órdenes o que debía cumplir horario, podría demandar a la empresa si se le despide.
Si se verifica este vínculo, la ley puede reconocer la verdadera naturaleza de los servicios prestados y acreditar la existencia de un contrato de trabajo, aunque lo que haya existido previamente haya sido un contrato a honorarios.
En este caso, el trabajador contará con los derechos de un trabajador, entre ellos las vacaciones pagadas, cotizaciones previsionales, indemnización por Años de Servicio o por mes de aviso, entre otros derechos.
¿Los trabajadores que emiten boletas de honorarios pagan cotizaciones?
Sí, pero es un proceso que lleva a cabo cada trabajador. La cotización obligatoria para trabajadores que emiten boletas de honorarios aplica para quienes obtuvieron pagos brutos iguales o superiores a 1.632.500 pesos.
El pago de las cotizaciones para tener derecho las pensiones de vejez, de invalidez y sobrevivencia, a la protección de salud, o al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, entre otros, se realiza en la Declaración Anual de Impuesto a la Renta de forma automática. A partir de 2020, la Ley incrementó en 0,75% por año la retención del 10%. Este aumento se hará de forma gradual para que en 2028 la retención alcance el 17%.
Si tu empresa cuenta con trabajadores que emiten boletas de honorarios es importante conocer bien los derechos que tienen para que no haya inconvenientes en la prestación de servicios y en caso de que se prescinda de ellos.
¿Qué es la Boleta de Honorario en Chile y cómo funciona según la ley?
La boleta de honorarios es un instrumento utilizado en Chile para realizar servicios independientes y profesionales. A diferencia de un contrato laboral, en el cual se establece una relación de subordinación entre el empleador y el empleado, la boleta de honorarios se utiliza para contratar servicios de manera más autónoma. Aquí te explico cómo funciona la boleta de honorarios en Chile según la ley:
1. Definición y Características de la Boleta de Honorarios:
La boleta de honorarios es un documento legal que emite un prestador de servicios independiente (profesional, freelancer, consultor, etc.) para cobrar por los servicios prestados. A diferencia de un contrato laboral, la relación entre el emisor de la boleta y el receptor del servicio no implica una dependencia laboral directa.
2. Requisitos para Emitir una Boleta de Honorarios:
Para emitir una boleta de honorarios en Chile, debes cumplir con ciertos requisitos:
- Estar inscrito en el Registro de Prestadores de Servicios a Honorarios (RPH) del Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Contar con un RUT (Rol Único Tributario) como persona natural o jurídica.
- Los servicios deben ser efectivamente prestados y documentados.
3. Contenido de la Boleta de Honorarios:
La boleta de honorarios debe contener la siguiente información:
- Datos personales del emisor de la boleta (nombre, RUT, dirección).
- Datos del receptor del servicio (nombre, RUT, dirección).
- Descripción detallada de los servicios prestados.
- Monto total de los honorarios.
- Fecha de emisión de la boleta.
- Firma del emisor.
4. Tributación:
Los ingresos obtenidos a través de boletas de honorarios están sujetos a impuestos. El emisor debe declarar y pagar el Impuesto Único de Segunda Categoría (Impuesto a la Renta) y el IVA si corresponde. Los valores a retener y los plazos de pago varían según el monto de los ingresos y la situación tributaria del emisor.
5. Derechos y Obligaciones del Emisor:
- El emisor de la boleta tiene la responsabilidad de declarar y pagar los impuestos correspondientes.
- Puede emitir boletas por servicios efectivamente prestados, no por anticipos.
- No tiene derecho a beneficios laborales como vacaciones, aguinaldos ni cotizaciones previsionales.
- Puede emitir boletas a varios clientes y no está limitado a un único contratante.
6. Duración del Contrato:
La boleta de honorarios puede ser utilizada para servicios esporádicos o continuos, según lo acordado entre las partes. No establece una relación laboral, por lo que el término del contrato es más flexible.
Es fundamental cumplir con las disposiciones legales y tributarias al utilizar la boleta de honorarios en Chile. Siempre es recomendable buscar asesoramiento legal o contable para asegurarte de cumplir con todas las regulaciones y obligaciones tributarias.
Consulta las boletas a honorario tienen derechos a vacaciones estando tres años
no, si usted boletea, es independiente…
hola consulta
estando con boletas honorarios le pueden pagar las vacaciones de invierno en un colegio ??
Hola, no porque usted es independiente, presta servicios no es empleado
Quien y cómo se pagan las cotizaciones al trabajar con boletas de honorarios?!
Se las puede hacer usted o el SII se las descuenta de la devolución anual
Que pasa si un empleador hace cumplir un horario a un trabajador, cómo el de media jornada?
No entiendo su pregunta, podría explicar un poco más?
Buenas tardes, estoy con contrato a honorarios , cumpliendo horarios y subordinaciones y el contra se rige a que no debo cumplir horarios, además lo mas importante es que llevo 3 meses y aun no me cancelan ningún sueldo, la prestación de servicio es en un organismo publico del estado. Tengo o puedo demandar por el echo que no me hayan pagado?
Contacto al whatsapp +56981367177
Hola , llevo un año trabajando con “contrato “ honorarios cumplo horarios fijos y cumplo todas las funciones de un profesional con contrato pero no me han contratado es legal ? Tengo que atender publico y hasta me piden hacer las compras de la empresa como “favores “ y hacer más funciones de las que presto como de Roa pro mi profesión . No trngo vacaciones pagadas ni ningún tipo de protección si me enfermo que puedo hacer ?
A qué se dedica? La salud está cubierta si boletea usted
trabajo a honorarios, pero me hicieron un contrato, con horario y funciones y responsabilidades compartidas por un equipo de 3 personas. hoy me quieren despedir, pero no tiene un motivo concreto, es por capricho del empleador, mi contrato es hasta el 31 de octubre. la pregunta es, me deben pagar lo que resta de mi contrato?
si
Mi esposo tiene más de un año trabajando para una empresa con boletas de honorarios pero la última que les paso ellos se niegan en cancelarla si motivo alguno que podemos hacer..?.
contácteme al whatsapp +569 81367177
Hola, no me quieren pagar lo que trabaje con boleta de honorarios ,no tenía contrato ni nada, me pagaron solo un mes de los 2 trabajados.Que puedo hacer
demanda civil
Hola mi consulta es estoy a honorarios
Tengo derecho a aguinaldo??
Gracias
Hola, el aguinaldo es a voluntad del empleador, no es una obligación.
Si está a honorarios en principio no hay relación laboral, tendría que ser decretada por un tribunal.
Si le quisieran dar un “aguinaldo”, tendría que emitir una boleta para justificarlo por parte de la empresa y suya.
hola , consulta , mi padre trabaja a honorarios pero la empresa es de ventas pero el servicio que mi padre presta es de repartidor , el empleador le exige aparte de entregar que cobre en efectivo, debito y otras funciones mas , aparte de exigir salir a un horario a repartir . eso esta bien ?
que den ordenes ?
antes tenia contrato con ellos pero luego lo finiquitaron para pasarlo a honorario.
Al parecer hay una relación la boral encubierta
hice mi practica laboral por 2 mese, luego estuve por 6 meses trabjando esporadicamnte entre 5 a 10 dias por mes, luego me contrataron y a los 6 meses me desvincularon, me deben pagar el año de antigedad.
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