Como empleador, debes tener claro cuáles son los tiempos de descanso que ordena el Código del Trabajo. En su artículo 34, esta ley establece que la jornada laboral debe dividirse en dos partes, siendo el punto divisor el tiempo de colación. Esta es una pausa que todo trabajador debe tener para reponer energías y así poder continuar con sus actividades laborales.
¿Cuánto tiempo debe destinar la empresa para esta pausa?
Uno de los puntos más importantes sobre el tiempo de colación es su duración. La legislación vigente establece que el periodo destinado para este descanso es de mínimo 30 minutos. El Código del Trabajo no establece un tiempo máximo, por lo que no existe inconveniente en que el empleador pacte un tiempo superior.
Es común que las empresas destinen 1 hora para este descanso, el cual comienza a contar desde que el empleado abandona su puesto de trabajo. Sin embargo, a pesar de que no se establece un tiempo máximo, la ley deja claro que este no puede prolongarse más allá de lo necesario para el consumo de la colación. Además, es importante tener en cuenta que este tiempo intermedio no computa dentro de la jornada diaria de trabajo.
¿El empleador puede exigir que el tiempo de colación sea dentro de la empresa?
No. El objetivo de este tiempo es liberar al trabajador de sus obligaciones laborales durante un lapso de tiempo, de manera que pueda recuperarse del desgaste que genera la jornada diaria. Además, la ley establece que en este tiempo el trabajador no debe estar a disposición del empleador.
Por ello, no existe razón válida para obligar al empleado a efectuar su descanso dentro de las instalaciones de la empresa. Este puede, entonces, pasar el tiempo de colación en el lugar y de la manera que estime conveniente, siempre y cuando no exceda de los minutos determinados por el empleador.
¿La empresa debe registrar la asistencia del tiempo de colación?
El Código del Trabajo, en su artículo 33, establece la obligatoriedad de registrar la asistencia de los trabajadores, así como las horas trabajadas. El objetivo es regular el máximo de la jornada laboral y el pago de las horas extraordinarias en caso de que las hubiera. Sin embargo, no establece la necesidad de llevar un registro del descanso.
No obstante, muchas empresas suelen hacerlo para llevar un mejor control de la jornada laboral. Y de hecho, es recomendable esta práctica, pues así hay una mayor transparencia de los tiempos tanto para el trabajador como para el empleador, y facilita el trabajo de la persona encargada del registro de asistencia.
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