Los tiempos de contingencia como el que se ha presentado con el Covid-19 exige cambios para no afectar la vida de las personas. Por ello, se han aprobado proyectos como la extensión del postnatal de emergencia, que forma parte de Ley de Crianza Protegida.
¿Qué es la licencia médica preventiva parental?
La licencia médica preventiva parental, llamada también postnatal de emergencia, es un beneficio que, a través de una licencia preventiva, extiende el permiso postnatal por un periodo de 30 días, que pueden ser prorrogables por el mismo plazo dos veces como máximo, mientras se encuentre en vigencia el estado de emergencia sanitaria por COVID-19.
El objetivo de esta licencia, con cargo al respectivo seguro de salud común, es resguardar la salud y la seguridad sanitaria de los recién nacidos, pues permite que los padres puedan acompañar a sus hijos por un plazo mayor.
¿Quiénes pueden solicitar este postnatal de emergencia?
La Ley establece que pueden solicitar el postnatal de emergencia las madres y padres que hayan terminado su permiso postnatal parental desde el 18 de marzo de 2020 y hasta que el estado de excepción constitucional esté vigente.
Si la madre y el padre ya han hecho uso del permiso postnatal parental, la Ley permite que uno de ellos utilice el beneficio del postnatal de emergencia, y será a elección de la madre.
Quienes tienen vigente un permiso postnatal parental también pueden solicitar el postnatal de emergencia. Para ello, la contraloría médica del sistema de salud que corresponda, sea Isapre o Fonasa, realizará los ajustes de días una vez que finalice el permiso actual.
Por otro lado, la Ley establece que la Isapre y Compin deben autorizar estas licencias médicas sin demoras y con la periodicidad necesaria para no afectar de ninguna forma la salud de los menores.
¿Cómo se solicita esta licencia de emergencia?
La solicitud del postnatal de emergencia debe realizarse a través de la Superintendencia de Seguridad Social. Esta es la entidad encargada de este trámite. Para ello, se ha habilitado un portal para recibir las solicitudes. Esta licencia debe ser tramitada por el beneficiario y no por el empleador.
Para solicitar el postnatal de emergencia, los empleados deben:
- Ingresar al sitio web de la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).
- Acceder a la sección ‘Mi portal’ con la Clave Única.
- Seleccionar la opción ‘Solicitar beneficio’. Es necesario indicar si va a usarlo o a cederlo, que puede ser al padre del menor o a un tutor.
- Se generará un comprobante de la solicitud. Estará disponible en la sección ‘Mi portal’.
- Verificar y completar los datos de contacto, el lugar de reposo y el RUT del empleador.
El día siguiente la Superintendencia de Seguridad Social emitirá el postnatal de emergencia. Esta Licencia Médica Electrónica, será remitida por correo electrónico. Se considerará el reposo desde la fecha de solicitud del permiso.
Finalmente, el empleado deberá enviar el comprobante a su empleador para justificar su ausencia en el trabajo. Como empresa no debes hacer nada, más que procesar el permiso postnatal de emergencia para registro de la organización.