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igualdad laboral en Chile

El género y la nómina, ¿por qué no se cumple lo que dice la ley respecto a la igualdad laboral en Chile?

igualdad laboral en ChileLa igualdad laboral en Chile está tipificada por ley. De acuerdo a los preceptos de los Artículos 1 y 2 de la Norma Ley 20.348; todo empleador tiene el deber de cumplir con el principio de igualdad de remuneraciones entre hombre y mujeres que presten igual servicio.

 

Esto se traduce en que todo trabajador formal de una empresa, independientemente de su género, tiene derecho a devengar un mismo salario y, en todo caso; las disimilitudes en las retribuciones deberán ser objetivas y basadas en capacidades; calificaciones; responsabilidad y/o productividad; y nunca basadas en el género.

 

Sin embargo, hay defectos en las mismas leyes y en sus prácticas que dificultan y entorpecen enormemente el cambio de paradigma definitivo en cuanto a la percepción de la participación de la mujer dentro del mercado laboral chileno; y la reestructuración de su rol cultural dentro de la sociedad.

 

Dicho de otra forma, las contradicciones que se encuentran en la realidad socio-laboral chilena permean hacia las leyes y viceversa; y esto crea un círculo vicioso que desalienta la igualdad laboral en Chile; y sigue afectando principal y directamente al género femenino.

 

 

Igualdad laboral en Chile: De dónde venimos

Más allá del contexto político chileno previo a 1990; nos encontramos con la idea profundamente arraigada de que el hombre necesita ser compensado con más dinero por sus servicios.

 

Esto, porque tiene como responsabilidad trabajar por y para su mujer e hijos; y retribuir con producción y servicio a la sociedad que le da la oportunidad de crecer.

 

En paralelo, la mujer contribuye al modelo quedarse en el hogar y dedicarse a sus hijos; y así relevar a su marido de esas tareas para que se concentre en producir el dinero que, en principio y al final, también será para su beneficio.

 

Dicho en otras palabras, pareciera ser que a la mujer no se le reconoce igualdad salarial por la razón subyacente de que; al terminar su jornada, no la espera en casa otra mujer con sus hijos. Y hay quien se anima a afirmar que es otra forma de castigar a la mujer por rebelarse contra el modelo que ha imperado durante siglos.

 

Al margen de las distorsiones y desigualdades que este modelo ha representado en la historia mundial; y aunque la participación de la mujer en el mercado de trabajo chileno ha crecido exponencialmente desde 1990, la brecha salarial devengada entre mujeres y hombres sigue siendo grande.

 

En este sentido, la clase social o el nivel educativo realmente son poco importantes: A la fecha y de acuerdo al Ministerio de Desarrollo Social y al Ministerio del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género (Minmujer); la diferencia es de aproximadamente el 30% sin importar el rol o función que cumpla.

 

Este número nos ofrece una lectura distinta a los preceptos de ley; y nos da la oportunidad de asomarnos a la cultura predominante donde no falta el sexismo para justificar las injusticias. Veamos cuáles son.

 

Igualdad laboral en Chile: En donde estamos

Como ya sostuvimos; el contexto actual nos muestra ambigüedades y paradojas respecto a la igualdad laboral en Chile basada en género. Por una parte, es palpable la apertura hacia el cumplimiento de las disposiciones de ley y gracias a ello; hay mayor incorporación de mujeres al mercado laboral chileno.

 

Asimismo, se observa una mejor y mayor preparación formal por parte de las mujeres para la ocupación de todo tipo de cargos en las empresas. Sin embargo, los cargos de mayor responsabilidad en la pirámide laboral siguen siendo ocupados por hombres; y en los casos donde son mujeres quienes los desempeñan, reciben menos paga por sus servicios.

 

La principal excusa para este injusto proceder tiene que ver con los gastos a corto plazo que implica contratar personal femenino: Permisos de maternidad; permisos postnatales; licencias por enfermedad de hijos; y un largo etcétera.

 

Todos ellos están directamente ligados al rol de cuidadoras que cultural y legalmente hablando, se le ha asignado única y exclusivamente a la mujer. Pero veámoslo mejor en un ejemplo.

 

Derecho a Sala Cuna y la igualdad laboral en Chile

Tenemos en el Artículo 203 del Código de Trabajo:  

Las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, deberán tener salas anexas e independientes del local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo. (…)

Se entenderá que el empleador cumple con la obligación señalada en este artículo si paga los gastos de sala cuna directamente al establecimiento al que la mujer trabajadora lleve sus hijos menores de dos años.

 

En su capa más superficial, encontramos un poderoso mensaje de reivindicación socio-laboral que enceguece. Finalmente se reconoce un derecho a las trabajadoras chilenas, lo cual supone un triunfo que más conviene cuidar.

 

Sin embargo este mensaje no es suficiente para equilibrar las cargas y fomentar la igualdad laboral en Chile; ya que reconoce únicamente a la mujer como responsable del cuidado de los hijos. Así pues; deja por fuera de manera implícita (o en el mejor de los casos; a libre interpretación) el rol del hombre y la forma como éste se involucra en el cuidado y crianza de sus hijos.

 

De igual forma y ya adentrándonos en capas más internas; este mismo artículo ha dado pie para que algunos empleadores restrinjan el número de empleadas que contrata. Entonces, si son diecinueve las trabajadoras a su cargo; la empresa se ve legal y automáticamente relevada de su obligación de pagar por servicios de sala cuna.

 

Además, el texto es claro y no menciona a los trabajadores. Entonces, si es un hombre quien lleva la responsabilidad del cuidado y crianza de los hijos; no podrá disfrutar del beneficio de sala cuna de manera pura y simple, sino que deberá presentar su caso y lucharlo un buen trecho.

 

Igualdad laboral en Chile: Hacia donde vamos

En el mismo orden de ideas; el gobierno chileno comisionó y aprobó el proyecto de Ley Zamudio (Ley 20.609). Esta ley tiene como objeto disminuir y atajar la discriminación en todas sus formas; y es la que ampara cada recurso interpuesto por los afectados por las desigualdades laborales en casos de discriminación basada en género.

 

Sin embargo; el defecto de esta ley radica principalmente en su premisa: Intentar reducir las brechas de igualdad de género mediante decretos con fuerza de ley no logra el efecto de reconocer nuestro valor como individuos sin importar el género.

 

Tampoco reconstruye los roles del hombre y la mujer en el mercado laboral y de cara a la sociedad; ni ayuda a establecer normas de convivencia claras para reconocer y ofrecer igualdad de condiciones al hombre respecto a su cuota de corresponsabilidad en la crianza de los hijos. Y ese es el ideal al que debemos aspirar como sociedad.

 

Entonces; alcanzar la igualdad laboral en Chile comienza en el cambio cultural que desplace la idea de que es mejor que la mujer responda a los estándares de buena madre y esposa; y que en paralelo, el hombre se limite a honrar su responsabilidad de atender las necesidades económicas del hogar.

 

En concreto, es momento de dar una mirada sincera a los defectos que encuentran eco en nuestras leyes y en sus prácticas para allanar el camino al cambio de paradigma definitivo hacia la reestructuración de roles culturales.

 

Si conoces a alguien o tú misma te has visto afectada por la desigualdad laboral que nos aqueja, contáctanos. Siempre podemos asistirte y ofrecerte el apoyo que necesitas para llevar adelante tu proceso ante la ley.

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