Los artículos N°162 y Nº163 del Código del Trabajo establecen que para proceder al despido de un trabajador es necesario entregarle una notificación mediante un aviso escrito, que debe indicar los motivos de su desvinculación de la empresa, entre otros datos. El empleador también está obligado a notificar a la Inspección del Trabajo, un trámite que se realiza a través de la carta electrónica de aviso de despido.
¿Qué es la carta electrónica de aviso de despido?
Este es un formulario que la empresa debe llenar y enviar a la inspección correspondiente. De esta manera se puede remitir a la instancia legal la copia de la carta de aviso de despido que exige la Ley al aplicar las causales de término de los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo.
Cómo realizar el trámite de la carta electrónica de aviso de despido
Ingresa en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT)
- Selecciona la opción ‘Ir al trámite en línea’
- Inicia sesión con el RUN y Clave Única, y haz clic en “autenticar”
- Selecciona la opción ‘Carta electrónica de aviso de despido’
- Completa los datos que se solicitan y haz clic en ‘guardar’
Hecho esto, ya habrás ingresado la carta electrónica de aviso de despido ante la Inspección del Trabajo para cumplir con la obligación de ley.
¿Existe un plazo para entregar la carta electrónica de aviso de despido?
Sí y es importante tenerlo claro para ajustarse a la legislación. Los plazos dependen de la causal de despido invocada en el aviso entregado al trabajador.
Si las causales son conclusión de la obra o faena, vencimiento del plazo convenido, o las indicadas en el Código del Trabajo en el artículo 160, el plazo es de 3 días hábiles tras la separación del trabajador de su cargo.
Si la causal es caso fortuito o fuerza mayor, el plazo es de 6 días hábiles tras la separación del empleado de su puesto.
Si la causal de despido es por necesidades de la empresa, servicio o establecimiento, o desahucio, el empleador dispone de 30 días corridos para la notificación a la inspección.
¿Qué pasa si el empleador no envía el aviso a la Inspección del Trabajo?
La omisión de la carta electrónica de aviso de despido, el cumplimiento tardío de esta o los errores en su contenido, dará lugar a una multa al empleador. La Ley establece estos casos como una infracción laboral y las sanciones dependerán del tamaño de la empresa:
- Multa de 1 a 10 UTM (empresa con 1 a 49 empleados).
- Multa de 2 a 40 UTM (empresa con 50 a 199 empleados).
- Multa de 3 a 60 UTM (empresa con 200 empleados o más).
Tramitar la carta electrónica de aviso de despido es un procedimiento sencillo y rápido, y no hacerlo puede traer sanciones importantes para la empresa. Por ello, lo mejor es realizar la tramitación en los plazos correspondientes y seguir las indicaciones de Ley en cuanto a su contenido. Si tienes dudas al respecto, lo mejor es apoyarse en expertos legales para evitar inconvenientes.